
No podemos cerrar los ojos ante el impacto socioeconómico que podría significar el cierre de empresas del salmón cultivo en el sur de Chile ante la promulgación de la Ley que crea el Nuevo Servicio de la Biodiversidad y Areas Protegidas.
Pero, no podemos cerrar los ojos ante el grave deterioro ambiental que han generado las salmoneras en el medio ambiente en los últimos 40 años en el sur de Chile. Las malas prácticas incentivadas por la ejecución de políticas públicas permisivas que fomentaron la actividad productiva, sin proteger el medio ambiente, que se grafica con el otorgamiento de concesiones en áreas protegidas de 25 años renovables y en algunos casos perpetuas han generado un escenario alarmante.
Protección Medio Ambiental v/s Crecimiento Económico nuevamente chocan como dos principios básicos y derechos irreconciliables en un país muy lejos del desarrollo sostenible y un Estado con escasas herramientas reglamentarias sancionatorias.
El proyecto Ley que crea el Nuevo Servicio de la Biodiversidad y Areas Protegidas, es un compromiso transversal en los tres últimos Gobiernos, y se encuentra entrampada en el Congreso por más de 12 años. Tiene como finalidad crear un Servicio Público, dependiente del Ministerio del Medio Ambiente, que se encargará de la conservación de la biodiversidad y cuyo principal instrumento será la administración de un sistema nacional de áreas protegidas.
Sus principales pilares se enfocan en crear un servicio que lidere la conservación de la biodiversidad en Chile de todos sus ecosistemas, tanto marinos como terrestres, dentro y fuera de áreas protegidas, y que su único foco esté en la protección de la naturaleza.
Otro de los puntos relevantes tiene relación con la creación de un único Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), integrado por todas las áreas protegidas existentes en Chile. Además, promover e incentivar la conservación de la naturaleza también fuera de las áreas protegidas.
Uno de los puntos de mayor controversia tiene relación con la real protección ambiental del marco regulatorio a legislar con el funcionamiento de la actividad productiva, mediante el otorgamiento de concesiones en áreas protegidas.
La discusión parlamentaria se centró en la derogación del artículo 158 de la Ley de Pesca y Acuicultura para prohibir el otorgamiento de nuevas concesiones en las categorías de áreas protegidas del país lo cual generó una fuerte reacción de Empresas y trabajadores ante el riesgo que significaría la pérdida de miles los puestos de trabajo.
El lobby y la presión ejercida en un escenario económico complejo hizo retroceder a uno de los pilares fundamentales del proyecto de ley lo cual podría desencadenar en la pérdida del real espíritu proteccionista ambiental.
La nueva Ley debería supervisar y fiscalizar que los proyectos o actividades al interior de las áreas protegidas, respeten el objeto de protección del área y su plan de manejo. En este sentido, sólo se podrán otorgar nuevas concesiones en áreas protegidas que tengan fines de educación, investigación científica y turismo ambientalmente responsable, y siempre que sean en beneficio de los objetivos del Sistema, en virtud del art. 79 del Proyecto de Ley.
Las concesiones destinadas a fines distintos a las anteriores se regirán por sus leyes respectivas; no obstante, para su otorgamiento se requerirá que el área cuente con un plan de manejo y que la respectiva actividad sea compatible con los objetivos de la categoría, el objeto de protección y el referido plan de manejo, circunstancia que deberá certificar el Servicio a través de un informe favorable.
Para una real protección, será necesario paralelamente modificar los reglamentos de los organismos sectoriales que deberán contar con mayores atribuciones sancionatorias, y fiscalizadoras con facultad de cerrar empresas y cursar multas más onerosas con la finalidad de incentivar el cumplimiento de los planes de manejo y el cuidado del medio ambiente por parte de los concesionarios.
Una eliminación por secretaria de las salmoneras no es lo más recomendado para el equilibrio sustentable de la actividad sino la aplicación real de sanciones por no cumplimiento de niveles medioambientales.
La discusión legislativa hizo resurgir dos derechos irreconciliables que colisionan como es el derecho de propiedad y el de vivir en un ambiente libre de contaminación. No obstante, no podemos cerrar nuestros ojos ante el deber y obligación que tenemos con las futuras generaciones para que la protección de las áreas protegidas que impulsa esta nueva Ley no se transforme sólo en poesía.


